Los farmacéuticos consideran que no existe justificación “ética ni legal” para la evaluación previa de los códigos deontológicos

El Real Decreto 435/2024 establece la evaluación previa de los códigos deontológicos por parte de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC)

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Redacción
El Boletín Oficial del Estado (BOE) del 1 de mayo oficializó el Real Decreto 435/2024 aprobado por el Gobierno que modifica el sistema de evaluación de los códigos deontológicos de las profesiones sanitarias. “Desde el Consejo General de Farmacéuticos no estamos satisfechos con la evaluación previa de los códigos deontológicos por parte de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), tal y como se ha aprobado por el RD 435/2024”, explican a iSanidad desde el Consejo General de Farmacéuticos (Cgcof).

Durante la fase de alegaciones ya trasladamos, y compartimos con el resto de profesiones sanitarias, que no existe justificación ética ni legal para someter a una evaluación previa por parte de la autoridad encargada de velar por la libre competencia en los mercados, sin capacidades ni competencia para llevar a cabo una tarea que implica la ordenación del ámbito de las profesiones. Algo que, además, ignora en gran medida las funciones legítimamente atribuidas a los Ministerios correspondientes, en nuestro caso, el de sanidad”, precisa.

El Cgcof un error que los códigos deontológicos se fiscalicen desde una perspectiva exclusivamente de mercado

Por último, el Consejo General de Farmacéuticos considera que puede repercutir gravemente sobre la protección de la salud en general y de los pacientes. “Es un error que los códigos deontológicos se fiscalicen desde una perspectiva exclusivamente de mercado, obviando los objetivos de interés público que se protegen en los códigos que, en el caso de los farmacéuticos, se trata fundamentalmente de la salud de las personas”, subrayan,

El texto publicado en el BOE precisa que “los colegios profesionales de ámbito nacional y consejos generales enmarcados en el ámbito de aplicación de este Real Decreto someterán sus propuestas de códigos deontológicos o de modificación de los mismos a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia para su evaluación antes de su aprobación, conforme a lo dispuesto en este real decreto”.

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