Piden que la jubilación en la profesión médica tenga un “factor corrector” como lo tienen bomberos o policías

Un nuevo informe del Sindicato Médico de Granada apunta a las condiciones que castigan a médicos estatutarios y laborales acogidos a la Seguridad Social

Médicos-pérdida-retributiva

J.L.G.
Por su “complejidad, dedicación, responsabilidad, estrés, exigencias, penosidad, peligrosidad, horas adicionales a la jornada con las guardias…”, la profesión médica debería, a juicio del Dr. Vicente Matas, médico jubilado y coordinador del Centro de Estudios del Sindicato Médico Andaluz de Granada (Simeg), tener un factor corrector similar al de mineros, bomberos o policía local. A eso se añade, indica el autor en un nuevo informe publicado por el sindicato, la posibilidad de una jubilación voluntaria entre los 60 y 70 años al igual que los funcionarios “y sin tanto recorte” en el caso de optar por la anticipada.

El Dr. Matas lamenta que la jubilación anticipada “esté especialmente castigada” en el caso de médicos estatutarios y laborales acogidos al régimen general de la Seguridad Social. Por ejemplo, si un facultativo con menos de 38 años y seis meses de cotización quisiera acogerse a esta figura, el coeficiente corrector irá desde el 3,26% para un mes hasta el 21% para 24 meses sobre la base reguladora. Si la cotización es mayor, estos porcentajes serían del 2,81% a un mes y del 13% para dos años en cotizaciones de más de 44 años y seis meses. Lo más habitual, indica el autor, es que los médicos que se jubilan en estos años lo hagan en la primera situación, “pues en los años 80 y 90 había mucho paro médico y se trabajaban unos meses al año”.

Con menos de 38 años y seis meses se aplica otro factor corrector sobre la pensión máxima, que será del 5,7% para 24 meses, cifra que se va incrementando hasta 2033, en el que será del 21% para adelanto de dos años

No obstante, hay novedades: y es que con menos de 38 años y seis meses se aplica otro factor corrector sobre la pensión máxima. Así, es del 5,7% para 24 meses, cifra que se va incrementando hasta 2033, en el que será del 21% para adelanto de dos años. Un factor que se reducirá dependiendo de cotizaciones y los meses de adelanto de la jubilación, de ahí que recomiende “hacer simulaciones o consultar las tablas de coeficientes” estipuladas por ley.

Incremento del presupuesto en sanidad pública

“Es hora de poner soluciones urgentes”, insta el Dr. Matas, a cuyo nombre se ha puesto el Centro de Estudios del Sindicato Médico de Granada. La petición se basa en que, aunque ha aumentado el presupuesto dedicado a la sanidad pública, esta cuantía (7% del PIB) es inferior, en atención primaria (un 22,2% más que lo invertido en 2009) a lo que se ha destinado a inversión en hospitales del SNS (42,3%) y una cifra también más baja que la inflación registrada entre enero de 2009 y diciembre de 2022, un 28,9%.

El importe neto que llega al banco por las horas de guardia supone poco más del 50% del importe bruto por hora

El panorama es menos halagüeño si se atiende a que el tiempo de las guardias “en general no cotiza” a la Seguridad Social “al estar por encima del tope de cotización y no computa como tiempo trabajado”. De ahí que el autor opine que debería incluirse como tiempo trabajado a efectos de jubilación y retribución; que debería incrementarse respecto a la hora ordinaria (se paga peor una hora de guardia) y además tener un tratamiento fiscal favorable. Actualmente esta supone un incremento importante en la retención del IRPF de toda la nómina y para el médico. “Finalmente el importe neto que llega al banco supone poco más del 50% del importe bruto por hora. Un médico que haga guardias durante 30 años puede realizar una jornada total equivalente a una jornada ordinaria de más de 40 años”.

En el caso de los ingresos que superen el tope de cotización (como es el caso de las guardias), el gobierno ha establecido una “cuota de solidaridad” a partir del 2025 que se incrementará por años y puede llegar hasta el 7% en 2045, en una proporción de cinco partes la empresa (Estado) y una el trabajador. A pesar de ello, esta no tendrá repercusión para calcular la pensión, “lo que supondrá pagar más para recibir lo mismo”.

Opinión

Multimedia

Especiales

Atención primaria

Sanidad privada

iSanidadental

Anuario

Accede a iSanidad

Síguenos en