Oncólogos y pacientes detectan lagunas en el derecho al olvido oncológico: “Probablemente empiecen a llamarnos como peritos en litigios”

Destacan la "ambigüedad" del texto normativo y su falta de desarrollo para evitar interpretaciones sesgadas por parte de aseguradoras, tras un año desde que el Gobierno hiciera efectivo este derecho para largos supervivientes de cáncer

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Gema Maldonado
Las asociaciones de pacientes y los especialistas en oncología celebraban hace un año que el Gobierno aprobara el derecho al olvido oncológico para que haber pasado un cáncer en algún momento de la vida no impida a cualquier ciudadano acceder a seguros y servicios financieros, como un préstamo o un seguro de vida. Pero transcurridos 12 meses desde que se hiciera efectivo mediante la modificación de dos leyes anteriores, tanto pacientes como oncólogos señalan “las lagunas” de un texto que no va más allá de establecer el derecho a no tener que declarar en la contratación del servicio que se ha padecido cáncer a partir de los cinco años desde “la finalización del tratamiento radical sin recaída posterior”.

El derecho al olvido oncológico evita tener que declarar en la contratación del servicio que se ha padecido cáncer a partir de los cinco años desde “la finalización del tratamiento radical sin recaída posterior”

Una redacción que consideran “ambigua” y que debería tener un mayor desarrollo para garantizar el derecho a todos estos pacientes, con muy diferentes tipos de cáncer con sus correspondientes pronósticos y probabilidades de recaídas, y para evitar interpretaciones de la norma que puedan terminar judializadas. “Probablemente empecemos a ser llamados como peritos para litigios entre aseguradoras y pacientes, y necesitaremos tablas de referencia”, advertía hace unos días el Dr. César A. Rodríguez, presidente de la Sociedad Española de Oncología Médica (SEOM) durante el seminario para periodistas que la sociedad científica y MSD ofrecieron en Almagro dedicado a los largos supervivientes de cáncer.

Por eso, el especialista señaló que sería necesario “un mayor desarrollo” de la norma como se ha hecho en otros países, como Francia, que, al igual que España, estableció en su momento un plazo mínimo de cinco años para que no tuvieran que constar los antecedentes oncológicos de los pacientes (la Unión Europea fijó un mínimo de 10 años), pero sí estableció aspectos como la cuantía del préstamo y otras condiciones específicas.

“Dr. Rodríguez: “El concepto de ‘finalización del tratamiento radical’ de la norma es ambiguo. Tengo pacientes que cinco años después siguen sin enfermedad y con hormonoterapia, pero la aseguradora puede llevarles a juicio por considerarlo tratamiento”

mesa-seom-derecho-olvido-oncologico“Este es el primer problema, el desarrollo insuficiente de la ley, y el segundo es que el derecho se restringe estrictamente a préstamos hipotecarios, pero en el caso de productos de salud no está claro. Se sigue incorporando la declaración de todas las enfermedades que has tenido para contratarlo. Por otra parte, el concepto de ‘finalización del tratamiento radical’ de la norma es ambiguo. Tengo pacientes que cinco años después siguen sin enfermedad y con hormonoterapia, pero la aseguradora puede llevarlos a juicio por considerarlo tratamiento. Si la norma se deja abierta a la interpretación de pacientes, aseguradoras y jueces, tendremos que esperar a tener jurisprudencia al respecto, explicó el Dr. Rodríguez.

En este sentido, las asociaciones de pacientes ya se están moviendo para impulsar el cambio. Según explicó Clara Rosàs, gerente de la Federació Catalana Entitats contra el Càncer (Fecec) y representante de la Association of European Cancer Leagues, ya hay un grupo “informal” de organizaciones que mantiene conversaciones con Unespa, la patronal de las entidades aseguradoras en España. “Ambas partes estamos de acuerdo en que el texto legal presenta lagunas y dificultades para entender bien a qué se refiere. Las aseguradoras también sienten que quieren interpretar bien ese texto.

Clara Rosàs: “Entendemos que estas tablas son importantes y deberían incorporarse en la ley española sobre el olvido oncológico”

La representante de pacientes también mencionó las tablas de referencias que incorpora Francia en su derecho al olvido y a las que se refirió previamente el presidente de SEOM. Estas tablas se basan en la evidencia científica disponible para identificar el riesgo de recaída del paciente en función del diagnóstico que tenga, de los estadios, subtipos de tumor y otras características de su enfermedad. “Entendemos que estas tablas son importantes y deberían incorporarse en la ley española. Se basan en la evidencia disponible, y hay algunos tipos de cáncer que no necesitan cinco años de plazo, mientras otros, pueden necesitar más”, apuntó Clara Rosàs.

De esta forma, puede que los cinco años que establece la norma española, “bastante proteccionista con el paciente”, puntualizó el Dr. Rodríguez, sean insuficientes en determinados tumores con riesgo de recaída más allá de los cinco años, pero resulten demasiado restrictivos para pacientes con otros cánceres. En este sentido, el Dr. J. Alejandro Pérez-Fidalgo, oncólogo médico del Hospital Clínico Universitario de Valencia e investigador del Incliva, incidió en que la biología molecular disponible “permite clasificar mejor los tumores para saber si hay un bueno pronóstico o no, y con estos avances vemos que, en un determinado subtipo de tumor con dos años ya es suficiente para que las probabilidades de recaída sean bajísimas, y otros que con 10 años de seguimiento no estamos tranquilos”.

Dra. Brozos: “Es muy preocupante que tengamos pacientes metastásicos que pueden llevar 10 años diagnosticados y están libres de la enfermedad con la inmunoterapia y no puede entrar en el olvido oncológico”

¿Y qué ocurre con los pacientes en los que se ha conseguido cronificar la enfermedad? Siguen sin poder acceder a determinados productos financieros, para iniciar un negocio o acceder una vivienda. Un aspecto que al que se refirió la oncóloga del Complejo Hospitalario Universitario A Coruña (CHUAC), Elena Brozos. “Es muy preocupante que tengamos pacientes metastásicos que pueden llevar 10 años diagnosticados y están libres de la enfermedad con la inmunoterapia y no puede entrar en el olvido oncológico”.

No es el único grupo de pacientes que preocupa a médicos y, sobre todo, a pacientes. También se ven afectadas las personas con una mutación genética de predisposición al desarrollo de cáncer. Es el caso de Natalia Díaz Santín, larga superviviente de cáncer y miembro de la Asociación de familias con síndrome de Lynch (AFALynch). Natalia ha superado tres tipos de cáncer. El síndrome hereditario que da nombre a la asociación a la que pertenece hace que tenga más riesgo que la población general a sufrir neoplasias.

Desde su experiencia, el derecho al olvido oncológico en España tiene “lagunas jurídicas importantes” en relación con las personas portadoras de mutaciones genéticas. Puede que les rechacen la contratación de un seguro o de productos financieros por sus genes de predisposición. Natalia señala que estas personas “puede que no desarrollen un cáncer en su vida o que hayan tenido uno y no vuelvan a tener”.

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