Luis de Haro. Director general de iSanidad
Los menores de 17 años necesitan la supervisión de padres o tutores para abrir una cuenta en Instagram, pero pueden decidir abortar sin ese consentimiento. En un curioso contraste legal. Esta aparente contradicción surge de la reciente reforma legal aprobada en 2023 y avalada por el Tribunal Constitucional de España. Ahora ya se ha autorizado que las menores de 16 y 17 años abortar sin permiso parental.
El Tribunal Constitucional ya ha autorizado que las menores de 16 y 17 años abortar sin permiso
La reforma legal marca un hito en la legislación sobre abortar en España con 17 años. Se permite a las adolescentes tomar una decisión crucial para el resto de sus vidas sin la necesidad de consultar, que no involucrar, a sus padres. Sin embargo, esto contrasta fuertemente con la normativa que requiere supervisión adulta para que los menores usen redes sociales. La medida fue diseñada para proteger a los jóvenes de los peligros del mundo digital.
A nivel mundial, el aborto sigue siendo un tema altamente controvertido y enfrenta creciente resistencia, especialmente en Estados Unidos. En los últimos años, más de la mitad de los estados de la Unión han aprobado leyes que restringen severamente el acceso al aborto. Este fenómeno resalta la división global en torno a este derecho y subraya la singularidad de la postura española.
En los últimos años, más de la mitad de los estados de Estados Unidos han aprobado leyes que restringen severamente el acceso al aborto
Una de las críticas más agudas proviene del ámbito de la ética médica. La exclusión del principio primum non nocere (lo primero es no hacer daño) del proceso abortivo para menores ha generado un debate intenso. Impedir la participación de objetores de conciencia en los comités médicos es visto por algunos como una forma de castigo injustificado, comprometiendo la integridad ética de la profesión médica.
La decisión del Tribunal Constitucional ha generado fuertes reacciones. En una entrevista en COPE, Benigno Blanco, exdirector del Foro Español de la Familia, criticó la postura del Tribunal. Afirmó que “para el Tribunal Constitucional el no nacido no existe“. Este punto de vista refleja una profunda preocupación por la protección de la vida prenatal y cuestiona la idea de que el feto sea considerado simplemente como una parte del cuerpo de la madre.
Impedir la participación de objetores de conciencia en los comités médicos es visto por algunos como una forma de castigo injustificado
Además, el Tribunal ha decidido que la eliminación del período de reflexión de tres días antes de la interrupción del embarazo es conforme a derecho. También ha validado la calidad de la información ofrecida antes de la intervención y se ha eliminado la obligatoriedad de informar sobre las ayudas públicas de apoyo a la maternidad. No son de extrañar las críticas por aquellos que ven en esta medida un sesgo ideológico en contra de las entidades provida.
La discrepancia entre la necesidad de supervisión parental para abrir una cuenta en redes sociales y la autonomía concedida a las menores para abortar sin permiso plantea preguntas profundas sobre la coherencia de nuestras leyes y los valores que estas reflejan. ¿Es realmente coherente permitir que los menores tomen decisiones tan trascendentales sin apoyo mientras se les restringe en actividades menos críticas como el uso de redes sociales? Es una paradoja que subraya la necesidad de un debate más amplio que no se ha dado, se ha impuesto