J. L. G.
La sentencia dictada por la Audiencia de Barcelona de retirar un medicamento anticoagulante oral genérico (apixabán) por una guerra de patentes entre laboratorios podría repercutir en un coste extra de unos 138 millones de euros más al año para el Sistema Nacional de Salud (SNS). Esta decisión, de la sección número 15 y de la que se ha hecho eco El País, anula una sentencia anterior de enero en la que se declaraba nula la patente original, lo que permitía que se desarrollase un fármaco genérico.
Según las estimaciones que recoge dicho periódico, cada comunidad autónoma deberá pagar 380.000 euros diarios más para continuar la financiación de los alrededor de 310.000 pacientes de la sanidad pública. El anticoagulante genérico era un 45% más barato (45,08 euros) que el que ahora continuará en el mercado (81,96 euros). Al costear la cobertura financiera de los tratamientos, los pacientes de la pública no se verán afectados económicamente. En cambio, aquellos que lo reciban por la parte privada (unas 45.000 personas, según El País) deberán destinar 433 euros anuales más para costearse su tratamiento anticoagulante oral.
Los pacientes de la sanidad pública no se verán afectados por la sentencia judicial; no así los de la privada, que deberán costearse el tratamiento con un sobrecoste de 433 euros anuales
Este tipo de terapias anticoagulantes ahorrarían al SNS hasta 150 millones de euros anuales, según estimó en enero Inmaculada Mediavilla, presidenta de la Sociedad Española de Calidad Asistencial (SECA), en el Congreso de los Diputados durante una jornada organizada al respecto.
Lograrlo evitaría problemas de salud más graves como el ictus, ha asegurado. “Los anticoagulantes actúan como terapia preventiva para evitar la formación de trombos y que no se diseminen y lleguen al cerebro provocando un ictus, la complicación más común”, ha señalado Mediavilla.
Batalla judicial por la patente
El laboratorio del medicamento genérico, Teva Pharma, presentó una demanda el 8 de junio de 2022 contra Bristol Myers Squibb (BMS) en la que pedía que se declarase la nulidad de la patente y ordenaba su cancelación en la Oficina Española de Patentes y Marcas, títulos que protegen el apixabán comercializado en España con la marca ‘Eliquis’.
Según se relata en un teletipo de Europa Press, BMS contestó a la demanda el 12 de diciembre de 2022 y se opuso a ella, alegando la validez de la prioridad reivindicada y la validez del título porque la “plausibilidad no es requisito de patentabilidad y, en todo caso, porque la patente era perfectamente plausible”.
En este caso, la Audiencia de Barcelona ha restablecido el monopolio que BMS tenía sobre el medicamento (bajo la marca ‘Eliquis’).
Contra esta resolución, las partes podrán imponer un recurso de casación ante el tribunal en el plazo de 20 días tras su notificación. No obstante, El País informa que Teva tiene previsto acudir al Tribunal Supremo en caso de que el recurso no sea favorable y que, en cualquier caso, las comunidades autónomas no recuperarán el sobrecoste que deban pagar diariamente por la retirada del anticoagulante genérico en el hipotético caso de que finalmente se restituyese.