El Colegio de Médicos de Madrid solicita al Supremo que resuelva el acceso directo a la especialidad de urgencias en menos de seis meses

La organización colegial, que recurrió el RD de la especialidad de medicina de urgencias y emergencias y el Supremo estimó parte de las cautelares que pedían, pide ahora la tribunal que emita sentencia antes del 1 de mayo, de lo contrario habría problemas para acreditar las unidades docentes de la especialidad

Fachada del Colegio de Médicos de Madrid. Recuros Supremo RD especialidad de urgencias y emergencias

G.M.C.
El Colegio de Médicos de Madrid ha remitido un escrito al Tribunal Supremo tras la medida cautelar dictada por esta sala suspendiendo la resolución y emisión de títulos de la especialidad de medicina de urgencias y emergencias solicitados por la vía directa. En la misiva, la organización colegial pide que el proceso se resuelva antes del uno de mayo de 2025 para no perjudicar la acreditación de las unidades docentes ni a los médicos que cumplen los requisitos para obtener el títuto y garantizar la protección de los médicos generales que se quedaron fuera en el Real Decreto.

El Supremo dictaminó que el Ministerio no podría resolver las solicitudes de los médicos que pedían el titulo de urgencias por la vía directa, pero esta medida podría retrasar la acreditación de las unidades docentes de la especialidad

El Colegio de Médicos de Madrid es una de las organizaciones de profesionales médicos que había llevado a la justicia parte del Real Decreto de la especialidad de urgencias y emergencias porque consideraban que dejaba fuera de la obtención del título por la vía directa a unos 20.000 médicos generales que llevan años atendiendo en servicios de urgencias. En respuesta a ese recurso, el Tribunal Supremo emitió un Auto el pasado 30 de octubre en el que estimaba parte de las medidas cautelares que habían solicitado las organizaciones profesionales recurrentes.

El Auto del Tribunal Supremo acordó suspender cautelarmente el punto 5.e) de la Disposición transitoria primera, que se refiere a la fase de resolución de la solicitudes y la expedición de títulos. En la motivación, el Auto indicaba que “la Sala opta por la suspensión en los términos expuestos para evitar que como consecuencia de numerosos actos de cese y, además, dictados por distintas administraciones sanitarias, se generalice una situación de inseguridad jurídica y de conflictividad”.

La misiva del Colegio de Médicos de Madrid solicita al Supremo que resuelva el recurso antes del uno de mayo también para no perjudicar a los médicos que han pedido la especialidad

De esta forma, el Ministerio de Sanidad no podrá resolver las solicitudes de la especialidad de los médicos que acrediten cuatro años de servicios en urgencias y emergencias dentro de los últimos siete años. Y no podrá hacerlo hasta que se resuelva el recurso mediante sentencia.

Este mismo lunes, el Colegio de Médicos de Madrid, ha informado del envío de su misiva a la Sección 4.ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ante la medida cautelar acordada en el Auto de fecha 30 de octubre pasado. Es en esta carta en la que pide que el Supremo dicte sentencia antes del uno de mayo de 2025. Está previsto que en torno a esa fecha, la Comisión Nacional de la Especialidad de Urgencias y Emergencias publique los requisitos de acreditación de las unidades docentes de la nueva especialidad.

Muchos de los médicos que formarán esas unidades docentes ha solicitado su título de especialista por la vía extraordinaria

El Colegio madrileño entiende que si hay una resolución antes de esa fecha, el proceso para la acreditación de las unidades docentes de urgencias y emergencias, imprescindibles para poder ofertar las plazas MIR de la especialidad, no se vería perjudicado. Muchos de los médicos que formarán esas unidades docentes ha solicitado su título de especialista por la vía extraordinaria.

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