La Comunidad de Madrid tendrá que indemnizar con 8.000 euros a una médica de atención primaria por desprotección laboral

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha desestimado el recurso planteado por la Consejería de Sanidad contra una sentencia ganada por Amyts que les obliga a abonar 8.000 euros a una médica afiliada por la ausencia de Plan de Prevención de Riesgos Laborales en los centros de salud madrileños

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Redacción
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha desestimado el recurso planteado por la Consejería de Sanidad contra una sentencia ganada por la Asociación de Médicos y Titulados Superiores de Madrid (Amyts) que les obliga a abonar 8.000 euros a una médica afiliada por la ausencia de Plan de Prevención de Riesgos Laborales en los centros de salud madrileños. «Los tribunales siguen dando la razón a los profesionales de atención primaria sobre su desprotección laboral», reivindican desde Amyts.

En este sentido, indican que se trata de un revés judicial contra la Administración que confirma la sentencia que ya había ganado Amyts en el Juzgado de lo Social y que recuerda a la Consejería de Sanidad que los tribunales ya se han pronunciado sobre este tema. Y, en este sentido, han sido claros aseverando que «no se habría producido un total cumplimiento» de que la Comunidad de Madrid «ha realizado un plan de prevención de riesgos laborales con la valoración de los puestos de trabajo de los médicos de atención primaria y pediatras, evaluación de riesgos de los mismos y determinación de la carga de trabajo de lo que acabamos de desglosar«.

En este recurso desestimado, el TSJM también ha citado un párrafo de sentencias anteriores. «No existe prescripción, se ha producido una vulneración del derecho fundamental a la integridad de los médicos de atención primaria, contraviniendo el art. 15 de la Constitución, y la cuantificación de los daños y perjuicios en 8.000 euros es correcta en aplicación de los principios de igualdad en la aplicación de la ley, seguridad jurídica y unidad de doctrina», recoge.

En definitiva, el TSJM se ha posicionado a favor de la sentencia ganada por Amyts en el Juzgado de lo Social y que, en dicha ocasión, ya falló contra la Administración. «Se declaró acreditada la falta de un plan de prevención de riesgos laborales específico para los médicos de atención primaria y pediatría», concluye. Desde Amyts indican que esta condena de 8.000 euros a la doctora afiliada les mantiene firmes en la vía judicial que han abierto, junto a APSeMueve, para denunciar la desprotección laboral en atención primaria.

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