Anuario iSanidadental 2024
Dra. Concepción Mercedes León Martinez, presidenta del Colegio Oficial de Dentistas de Santa Cruz de Tenerife
Hasta ahora la odontología tenía la consideración y percepción de ser una ciencia sanitaria cuyo principal objetivo era cuidar la salud bucodental y restaurar su funcionalidad a las personas que la habían perdido por sufrir alguna patología. Con estos objetivos como principales, se compartía también la idea de obtener una finalización de los tratamientos manteniendo la estética de una boca inicialmente sana, pero ahora vemos, un poco atónitos, como los objetivos de esta práctica han ido tomando otras versiones un poco difíciles de asimilar por los profesionales sanitarios.
Nos referimos a todas las nuevas tendencias en la estética de los dientes que suponen una mutilación o al menos una agresión a su estructura y perdurabilidad, en contra de todos los objetivos que siempre se han perseguido. Estas modas o prácticas como una forma de expresión estética, que están siendo difundidas por personalidades conocidas del mundo del espectáculo son las gemas dentales, los grillz, tatuajes dentales y algunas más que seguro todavía no hemos conocido…
Lo más preocupante de todo es que la sociedad no perciba sus consecuencias y lo asuma como una moda reversible, cuando en muchas ocasiones no lo será
Lo más preocupante de todo es que la sociedad no perciba sus consecuencias y lo asuma como una moda reversible, cuando en muchas ocasiones no lo será. Esto se agrava con la intervención de personas que no están capacitadas para realizar estas intervenciones que, al ser novedosas, no están reguladas expresa mente, con la indulgencia de la administración sanitaria que no se pronuncia.
La intervención de cualquier acto o tratamiento en la boca de una persona sea con finalidad estética o por motivos de salud, está exclusivamente reservada a los dentistas y cirujanos maxilofaciales. Así lo recogen la Ley 10/1986, de 17 de marzo, sobre odontólogos y otros profesionales relacionados con la salud dental, y el RD 1594/1994, de 15 de julio que la desarrolla, así como las diferentes sentencias emitidas por los tribunales.
Deben llevarse a cabo en las consultas dentales con todas las exigencias requeridas de medios y de asepsia
Por lo tanto, deben llevarse a cabo en las consultas dentales con todas las exigencias requeridas de medios y de asepsia, como cualquier otra intervención bucodental que permita resolver complicaciones que difícilmente se podrían resolver en otro tipo de establecimientos, sin ningún control sanitario.
Basta con consultar las redes sociales para ver cómo se ofertan este tipo de intervenciones en centros de belleza, en peluquerías, centros de uñas y hasta se recoge en un medio escrito que se realizan en discotecas y lo lleva a cabo una “gurú” de fama reconocida.
¡Es sorprendente que la creación de nichos de negocio justifique cualquier medio que se utilice sin ningún reparo en las consecuencias futuras! A los dentistas nos tocará recoger y tratar de resolver todos estos destrozos futuros y llegarán a acusarnos de no haber alzado la voz.








