Una sentencia reconoce a una cirujana el derecho de cobrar las guardias en la exención por lactancia

La sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo nº 10 de Valencia establece que «el cobro de las guardias exentas se debe producir en todo caso durante los 12 meses siguientes al nacimiento, con independencia de la modalidad de permiso de lactancia»

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Redacción
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 10 de Valencia ha reconocido a una facultativa especialista en cirugía general del Hospital de Sagunto el derecho a cobrar las guardias durante la exención por lactancia hasta los 12 meses del menor.

El fallo estima parcialmente la reclamación presentada por CCOO PV, que actuaba en representación de la profesional. La cirujana estaba exenta de realizar guardias por lactancia, pero la Administración no le abonaba las cantidades que habría percibido de haberlas realizado.

El Plan de Igualdad de la Conselleria de Sanidad establece que las mujeres no deben ver reducido su salario por embarazo o lactancia. No obstante, la Conselleria argumentó que, al haber disfrutado la profesional del permiso de forma acumulada, no correspondía el pago completo de las guardias más allá de ese periodo.

Sin embargo, el juzgado recuerda que la normativa económica sobre la exención de guardias se vincula al periodo de lactancia natural de 12 meses, tal y como fija el Trebep (Estatuto Básico del Empleado Público), con independencia del tipo de permiso escogido.

La resolución, firme y sin posibilidad de recurso, condena en costas a la Administración

La sentencia establece que «el cobro de las guardias exentas se debe producir en todo caso durante los 12 meses siguientes al nacimiento, con independencia de la modalidad de permiso de lactancia». La facultativa deberá recibir la media de las retribuciones por guardias de los seis meses previos, más intereses. Además, el fallo condena en costas a la Administración y es firme, sin posibilidad de recurso.

En un comunicado, CCOO valora la resolución como «un paso firme en la protección de los derechos de conciliación de las profesionales sanitarias de la Generalitat Valenciana». El sindicato destaca que la decisión garantiza la aplicación efectiva de las medidas de conciliación «sin perjuicio económico para las trabajadoras» y previene discriminaciones derivadas de la maternidad.

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