Sanidad abre a audiencia pública el fin de la regulación de precios de mascarillas y test de antígenos para Covid

El Proyecto de Orden del Ministerio dejaría sin efecto la intervención de los precios llevada a cabo de manera excepcional durante la pandemia para que estos productos puedan ser de nuevo «comercializados a precio libre»

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Redacción
El Ministerio de Sanidad ha sacado a audiencia e información pública un Proyecto de Orden que deroga la Orden SND/354/2020, de 19 de abril, por la que se establecían medidas excepcionales para garantizar el acceso a productos de uso recomendados como medidas higiénicas para la prevención de contagios por la covid-19 durante la emergencia provocada por la pandemia. De esta forma, quedarían sin efecto las resoluciones de fijación de importes máximos de precios de venta al público de productos relacionados como las mascarillas quirúrgicas e higiénicas y de los test de antígenos de SARS-CoV-2 de autodiagnóstico. 

El 4 de julio de 2023 entró en vigor la Orden SND/726/2023, por la que se publica el acuerdo del Consejo de Ministros que declara la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la covid-19. El documento señala que la situación sanitaria actual «aconseja dejar sin vigor las medidas de intervención de los precios de los productos afectados por la Orden SND 354/2020, de 19 de abril, así como las resoluciones de intervención de precio de las mascarillas quirúrgicas desechables y de los test de antígenos de SARS-CoV-2 de autodiagnóstico para que en lo sucesivo puedan ser comercializados a precio libre y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 94 del Texto Refundido de la Ley de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos y Productos Sanitarios, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio». 

La iniciativa plantea poner fin a la fijación de importes máximos de precios que afectaba a mascarillas, geles y test de autodiagnóstico

La Orden SND 354/2020 de 19 de abril, limitaba el precio de diversos productos sanitarios incluidos en su ámbito de aplicación, entre otros, las mascarillas tanto quirúrgicas como higiénicas, los antisépticos de piel sana autorizados por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps), y los geles y soluciones hidroalcohólicas para manos, de naturaleza cosmética autorizadas temporalmente por la Aemps.

El Proyecto de Orden indica que «no existen otras alternativas viables» ya que la Orden SND 354/2020, de 19 de abril, especifica, en su apartado octavo, que lo previsto en la misma mantendría su vigencia “hasta que así se determine mediante orden por
la persona titular del Ministerio de Sanidad». Por ello, el texto asegura que «no cabe otra alternativa que la derogación expresa de dicha orden que, de otra manera, no dejaría de desplegar sus efectos«.

Durante el trámite de audiencia deben participar los tres agentes que intervienen en la cadena de suministro general de estos productos, es decir, ofertantes, distribuidores y oficinas de farmacia. En concreto, en los ofertantes, se debe oír a la Federación Española de Empresas de Tecnología Sanitaria (Fenin) y a la Asociación para el autocuidado de la salud (Anefp). En relación a la distribución farmacéutica, el documento señala que ha de ser oído por parte de la Federación Nacional de Asociaciones de Mayoristas Distribuidores de Especialidades Farmacéuticas (Fedifar) y Cofares, y con respecto a las oficinas de farmacia, por el Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos. La fecha de inicio para el envío de aportaciones comenzó este 6 de noviembre y finalizará el próximo día 27 de noviembre de 2025.

Sanidad abre un proceso de aportaciones hasta el 27 de noviembre de 2025, en el que deberán participar fabricantes, distribuidores y oficinas de farmacia

Sanidad informa que el correo para el envío de aportaciones es el siguiente: informacion_publica@sanidad.gob.es . El asunto de remisión de la aportación debe ser: DG/64/25 APORTACIONES + NOMBRE DE LA ENTIDAD O PERSONA. «Sólo serán consideradas las aportaciones en las que el remitente esté identificado y sean recibidas dentro del plazo indicado», recuerda el Ministerio.

En el trámite de consulta pública, realizado previamente entre el 25 de junio y 10 de julio de 2024, ambos incluidos, solo se recibió una única aportación de Anefp. Sanidad señala que la entidad mostraba su absoluta conformidad con la medida a que se refiere esta consulta pública previa y consideraba que no solo debería derogarse la Orden SND/354/2020 sino también dejarse sin efecto todas las resoluciones que bajo su amparo se dictaron por la Comisión Interministerial de Precios.

Análisis del impacto normativo

La memoria del análisis del impacto de este proyecto normativo precisa que «no
se derivan impactos apreciables en los ámbitos económicos, de la competencia y unidad de mercado, presupuestario, ni genera nuevas cargas administrativas para los ciudadanos y empresas destinatarios de la norma proyectada, ni genera impacto alguno por razón de género, ni en la infancia y adolescencia, ni en la familia, ni de carácter social o medioambiental, ni en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad».

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