Los fallos fortuitos también provocan reclamaciones

Puede que la mayoría de profesionales sanitarios tengan la creencia de que una reclamación solo puede venir dada ante un error humano. No es así. Como veremos en este caso, un fallo fortuito producido por el material quirúrgico también puede acarrear una demanda, incluso por la vía penal, por parte de un paciente.

En estos casos la legislación es clara y se postula de parte del acusado. Un error fortuito escapa al control humano por lo que hay que buscar otras vías judiciales alternativas a la penal. Los facultativos realizan sus funciones con la mayor atención posible pero como sabemos nadie es perfecto y este tipo de causas escapan nuestros límites. En estos casos una buena defensa es casi un sello de garantías.

Una paciente presentó una reclamación por unos hechos que ella consideró como delito. En la querella la demandante solicitaba la inhabilitación y prisión de los profesionales, cirujana y anestesista, que la atendieron durante una cirugía de blefaroplastia de párpados superiores. Este tipo de cirugía consistía en eliminar el exceso de piel, músculo y grasa de los párpados superiores con el fin de despejar la mirada, buscando un aspecto rejuvenecido y más descansado en la zona.

La acusación consideraba que las quemaduras sufridas por la paciente eran causa de una mala praxis médica por parte de la cirujana y la anestesista.

La defensa llevada a cabo por DS Legal Group se basó en la inexistencia de negligencia o impericia médica en el caso, ya que lo acontecido era un hecho fortuito. Además se fundamentó que este tipo de supuestos no podían ser objeto de sanción penal ya que se escapan a la esfera de control y el Código Penal es muy restrictivo en este sentido y está reservado a los hechos más reprochables.

Los principios fundamentales del Código Penal son:

Presunción de inocencia. Según este principio todas las personas acusadas en un procedimiento penal son inocentes hasta que se demuestre lo contrario, debiéndose avalar todas las garantías necesarias para su defensa.
Principio in dubio pro reo. Este principio se aplica en aquellos casos en los que el juez tiene dudas en el momento de la valoración de las pruebas. El principio expresa que en estos casos se debe dictar sentencia a favor del acusado.
Principio de intervención mínima. Establece que el derecho penal debe de ser siempre utilizado como una herramienta final a la hora de buscar una sanción resarcitoria. Es por ello, que la sanción penal no debe actuar cuando existe la posibilidad de utilizar otros medios o instrumentos jurídicos no penales para restablecer el orden jurídico.

Los alegatos y las pruebas aportadas por la defensa durante el juicio, con especial importancia sobre los informes periciales, terminaron con la absolución de los profesionales sanitarios.

En la sentencia el juez recogió que en este caso se imputaba por un acto negligente a dos profesionales de la medicina. Ambos actuaron acorde a su cometido, controlando la administración de la anestesia y ejecutando los cortes correspondientes con la precisión necesaria y la potencia del instrumental. Durante la intervención se produjo una burbuja de oxígeno que provocó una chispa con el aparato eléctrico lo que dio lugar a una combustión y una llama que alcanzó el rostro de la demandante.

Por tanto no fue posible afirmar que las doctoras hubieran actuado de forma incorrecta, prestando menos atención de la debida a la hora de cumplir su cometido. Además no se podía demostrar que de haber actuado de otra manera el resultado no se hubiese producido.

Teniendo en cuenta que las quemaduras se produjeron como consecuencia de la chispa por la combustión del oxígeno y el bisturí es imposible encontrar datos objetivos sobre cómo se produjo. Por ello en vez de culpa se debía hablar de un accidente fortuito.

Desde el punto de vista penal era imposible imputar culpabilidad a las demandadas. Los peritos que intervinieron afirmaron, sin negar la producción del resultado, que no se podía demostrar una actuación negligente dentro del protocolo de actuación de las facultativas por lo que ambas fueron absuelvas.
..DSLegalGroup

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