Desde el nueve de enero los médicos de atención primaria no emitirán bajas laborales de pacientes que no han tratado

El Foro de Médicos de Atención Primaria ya ha avisado a los 17 servicios de salud, al Ministerio de Sanidad, la patronal empresarial y la Seguridad Social

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Gema Maldonado
Ya lo advirtieron a comienzos del mes de octubre y este viernes, a pocos días de acabar el año, confirman que desde el próximo nueve de enero los médicos de atención primaria no emitirán ningún parte de baja para pacientes que han sido valorados y tratados en otro nivel asistencial, ya sea en las urgencias hospitalarias o de los propios centros de salud, o en cualquier servicio hospitalario. Tampoco emitirán partes de confirmación de baja o de alta a los pacientes que recibieron la baja en el hospital mientras continúen en seguimiento desde el servicio hospitalario que emitió la incapacidad temporal.

Los médicos de atención primaria no gestionarán bajas laborales, partes de confirmación ni altas laborales de pacientes de atención hospitalaria y urgencias

La razón que lleva al Foro de Médicos de Atención Primaria a tomar esta decisión es “la carga de trabajo burocrático que tienen los médicos de familia y resta tiempo para la atención a los pacientes. “Está generando una sobrecarga importante y perjudicando a los profesionales y a los pacientes”, señalan las sociedades científicas de medicina de familia y pediatría y las organizaciones profesionales de este nivel asistencial

Así lo ha comunicado este viernes el Foro de Médicos de Atención Primaria, que en las últimas semanas ha mantenido reuniones con las consejerías de sanidad de todas las comunidades autónomas, con el Ministerio de Sanidad, con el Instituto Nacional de la Seguridad Social, con la CEOE y con las mutuas. En esos encuentros ha informado de su intención de “aplicar de forma estricta” la legislación al respecto. La normativa les impide gestionar bajas laborales sin ver y valorar al paciente. Así lo indica el Real Decreto 625/2014, que especifica que la declaración de la baja médica en los procesos de incapacidad temporal la ” formulará en el correspondiente parte médico de baja expedido por el médico del servicio público de salud que haya efectuado el reconocimiento del trabajador afectado”.

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El Foro de Atención Primaria ha informado a las administraciones y organizaciones empresariales que van a “aplicar de forma estricta” la legislación

En las reuniones mantenidas, los médicos de atención primaria han pedido a las administraciones que “realicen los cambios oportunos” en las aplicaciones informáticas para que todos los médicos del Servicio Público de Salud, sea cual sea su servicio o su nivel asistencial, puedan emitir bajas laborales. Esta petición también la han enviado por escrito para que hagan esos cambios “urgentes”. El Foro está convencido de que se pueden hacer de forma rápida porque ya hay un precedente. Durante los momentos de colapso en las consultas de atención primaria por el Covid-19, “en menos de 48 horas”, apuntan, las administraciones hicieron los cambios oportunos para evitar que los médicos de primaria tuvieran que emitir bajas por las cuarentenas o por el Covid-19.

El Foro asegura que esta decisión está respaldada por la legislación. Además, han solicitado “orientaciones legales” a la Organización Médico Colegial (OMC). La organización colegial afirma que el médico autorizado legalmente para emitir bajas médicas es aquel “que haya efectuado el reconocimiento del trabajador afectado”. Según señala el Foro, incluso la Consejería de Sanidad emitió hace poco una comunicación afirmando lo mismo. Se dirigió a los profesionales médicos por los servicios mínimos de la huelga de atención primaria donde indicaba esto mismo. La baja, los partes de confirmación y el alta debían proporcionarla el médico que valorara y explorara al trabajador.

El Foro ha difundido un decálogo de actuación de los médicos de centros de salud respecto a la gestión de bajas laborales

Cómo debería actuar el médico de atención primaria desde el nueve de enero
El Foro de Médicos de Atención Primaria ha difundido un decalogo-prestacion-bajas-laborales-incapacidad-temporal dirigido a los médicos de familia de los centros de salud sobre cómo deben actuar desde el próximo nueve de enero. Además de indicarles que no deben emitir esas bajas laborales, describen que los facultativos deben explicar al paciente que venga de otro nivel asistencial que debe acudir al servicio o consulta que le atendió para conseguir el parte. Una explicación que puede generar situaciones de cierta tensión cuando el paciente tenga que volver a acudir a urgencias, consultas externas o cualquier otro servicio hospitalario para conseguir la baja.

Entre otras recomendaciones, el decálogo incluye consejos sobre cómo cumplimentar las bajas laborales que sí les corresponden a los médicos de familia para hacerlo de forma más rápida. Además, señalan que “en ningún caso” deben gestionar informes para las mutuas sobre riesgos del embarazo para este tipo de bajas. “Carecen de validez legal”, añaden. Además, se considera una contingencia profesional y la mutua puede tener a su disposición toda la información de la historia obstétrica de la paciente, añaden.

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