El Consejo General de Dentistas solicita a Sanidad una nueva categoría profesional: A Plus

Esta petición surge como respuesta a las acciones de enfermería y fisioterapia para ser consideradas grupo A1, categoría en la que actualmente se encuentran los dentistas y los médicos

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Redacción
El presidente del Consejo General de Dentistas, el Dr. Óscar Castro Reino, ha solicitado al Ministerio de Sanidad la creación de un nuevo grupo de categoría profesional, denominado A Plus, donde estarían incluidos los dentistas. Una petición que también ha realizado el Consejo General de Médicos para su colectivo profesional. Esto se debe a la reorganización de las titulaciones y el reconocimiento de grado de aquellas que fueron diplomaturas, como enfermería o fisioterapia, y que han iniciado acciones para pasar de grupo A2 a A1, que es donde actualmente se encuadran médicos y dentistas.

El Dr. Castro considera “pertinente y necesario” que los licenciados o graduados en odontología pasaran del grupo A1 al A Plus, en el caso de que crease, por diversas razones. Una de ellas es que se trata de una formación más amplia. El grado de odontología consta de 300 créditos ECTS, frente a los 240 créditos de Enfermería, fisioterapia y otras antiguas diplomaturas sanitarias. Además, la titulación universitaria de licenciado en odontología se corresponde con el nivel 3 del Meces (nivel de máster).

Asimismo, el Dr. Castro recuerda que las competencias, atribuciones, funciones y responsabilidades tanto de los médicos como de los odontólogos son muy diferentes a las de los enfermeros o fisioterapeutas, además de la exigencia en su desarrollo profesional continuo.

El Dr. Castro destaca que la formación de odontología es más exigente, pues consta de 300 créditos ECTS frente a los 240 de enfermería o fisioterapia

Por otro lado, indica que la profesión de dentista engloba las titulaciones de médico especialista en estomatología y odontología, de acuerdo con lo contemplado en la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias (artículo 6.2.c). Ambas titulaciones tienen idénticas funciones estipuladas en la Ley 10/1986, de 17 de marzo, sobre odontólogos y otros profesionales relacionados con la salud bucodental y el Real Decreto 1594/1994, de 15 de julio, por el que se desarrolla lo previsto en la Ley 10/1986, que regula la profesión de odontólogo, protésico e higienista dental.

Si nuestra solicitud se lleva a efecto sería de gran importancia para la odontología, pues supondría un reconocimiento con importantes implicaciones laborales en el ámbito público del desarrollo profesional de los dentistas”, concluye el Dr. Castro.

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