Redacción
La Junta Electoral del Colegio de Médicos de Málaga anuló una de las candidaturas de las elecciones de julio de 2021, la del Dr. Antonio González-Chamorro. De esta manera la candidatura continuista, liderada por el Dr. Pedro Navarro, que impugnó la otra lista, fue la única válida.
Tras la denuncia de los afectados el Juzgado Contencioso-Administrativo número 3 de Málaga ha pedido la anulación de las elecciones. La sentencia, contra la que cabe recurso, obliga a devolver todo el proceso a la situación del Colegio de Málaga a julio de 2021. Pide retrotraer el proceso electoral y permitir al equipo del Dr. González-Chamorro hacer las subsanaciones necesarias para volver a presentarse. Cabe recordar que primero fue proclamada de manera “provisional” y posteriormente declarada no apta por “no ser paritaria”.
La candidatura del Dr. González-Chamorro fue anulada por no ser paritaria, proclamando a la Dr. Navarro como ganadora cuando tampoco era paritaria
La Junta Electoral del Colegio de Málaga anuló la candidatura por no presentar una candidatura paritaria. Una paridad que no exigen los Estatutos del Colegio y que no estaba explicitada en las bases de la Convocatoria. La Junta Electoral ni trasladó la solicitud de impugnación ni tampoco dio opciones de subsanación. Ninguno de las dos candidaturas era realmente paritaria, González-Chamorro presentó un equipo formado por 12 hombres y 3 mujeres, y Navarro 9 hombres y 6 mujeres. La candidatura paritaria debía ser 8-7, y ningunas de las dos cumplía ese requisito. En julio de 2021 el Colegio de Málaga llevaba 16 años sin celebrar elecciones. Lo que pedía fundamentalmente el Dr. González-Chamorro era poder celebrarlas y que hubiera debate sobre el futuro del Colegio. El Dr. Pedro Navarro estuvo muchos años colaborando con el anterior presidente, Dr. Sánchez Luque, en distintos cargos en el Colegio. Ocupó cargos desde vocal hasta vicepresidente.
El proceso puede terminar con la nulidad de todos los actos posteriores a Julio de 2021 adoptados en su día por la Junta Electoral del Colegio de Málaga
El fallo de la sentencia implica “retrotraer las actuaciones electorales al fin de que por la Junta Electoral del Colegio de Médicos de la Provincia de Málaga se requiera a la candidatura recurrente a través de su representante para que en el plazo de dos días se subsanen cuantos defectos se observen”. Eso significa que “de proclamarse de manera definitiva dos candidaturas, la nulidad que se acuerda en esta sentencia conllevará, en tal caso, la nulidad de todos los actos posteriores adoptados en su día por la Junta Electoral”.