Dos protésicos de Sevilla condenados a un año de prisión por delitos de intrusismo profesional

Uno de ellos también ha sido condenado por un delito de lesiones, puesto que ocasionó “importantes perjuicios consistentes en una deformidad por asimetría facial” a uno de sus clientes

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Redacción
Un juzgado de lo Penal de Sevilla ha condenado a un protésico dental, y al propietario de una clínica dental, también protésico de profesión, a penas de un año de prisión y de inhabilitación de funciones durante ese tiempo a cada uno por un delito de intrusismo profesional.

Al primero de ellos la Justicia le condena como autor material del delito, mientras que, al segundo, la impone la pena de un año de prisión al considerar que fue cooperador del delito de intrusismo, por ser el gestor de hecho de la clínica dental y luego propietario. Asimismo, al primero de ellos también se le condena como autor material de un delito de lesiones a la pena de 11 meses de prisión al causarle a su cliente una deformidad facial y una desviación mandibular que no se puede corregir. Por este motivo, al protésico se le condena a indemnizar a la víctima con 34.552 euros.

Según destaca el juez como hechos probados, el primer condenado, que solo contaba con la cualificación de protésico dental e igualmente carecía de título académico exigido para el ejercicio de la profesión de dentista, “realizó varios actos propios de la misma con aplicación de tratamientos dentales y odontológicos a varios clientes”.

El presidente del Consejo General de Dentistas de España felicita al Colegio Oficial de Dentistas de Sevilla, que se personó como acusación particular

A uno de ellos, le trató odontológicamente entre marzo de 2013 y marzo de 2017, llegándole a colocar un aparato quad hélix (un instrumento de expansión maxilar para corregir la mordida y ampliar la arcada) y una barra de mantenimiento. El juez indica en su sentencia que “como consecuencia de este tratamiento” el paciente “tuvo que ser asistido en otra clínica dental y en el servicio de cirugía maxilofacial del hospital Virgen del Rocío, derivándose importantes perjuicios consistentes en una deformidad por asimetría facial”.

Valoración del Consejo General de Dentistas y del Colegio de Dentistas de Sevilla

El presidente del Consejo General de Dentistas de España, el Dr. Óscar Castro Reino, ha felicitado públicamente al Colegio de Dentistas de Sevilla y a sus servicios jurídicos por perseguir de manera activa este tipo de delitos.

Dr. Óscar Castro: “El daño que puede ocasionar un individuo que ejerce de dentista sin estar cualificado puede ser irreparable”

Además, ha indicado que esta decisión de la Justicia pone de manifiesto dos cuestiones. “La primera de ellas es que el daño que puede ocasionar un individuo que ejerce de dentista sin estar cualificado puede ser irreparable. Por ello, hay que endurecer las penas por este tipo de delitos. Además, no es admisible que cualquier persona, como en este caso, pueda ser propietaria de una clínica dental y dictar las pautas a seguir. Reclamamos la modificación de la Ley de Sociedades Profesionales para evitar que se especule con las clínicas dentales”, ha argumentado.

En la misma línea, el presidente del Colegio de Dentistas de Sevilla, el Dr. Rafael Flores, ha recordado a la población la importancia de asegurarse de que el profesional al que acuden sea un dentista colegiado. Se trata del único profesional capacitado para diagnosticar, tratar o prescribir cualquier tratamiento relativo a la cavidad oral. Además, el Dr. Flores ha destacado la lucha contra el intrusismo profesional como uno de los objetivos fundamental de la organización a nivel nacional. También ha subrayado la necesidad de agravar las penas impuestas por este tipo de delitos.

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