Los profesionales denuncian una “persecución” de la Inspección de Trabajo contra las clínicas privadas

Los centros se enfrentan a multas de hasta un millón de euros que pueden acabar en cierre

inspección-trabajo-clínica

Redacción
Profesionales del sector sanitario lamentan una “persecución” a las clínicas privadas por parte de las Inspección de Trabajo y de la Tesorería General de la Seguridad Social al considerarles “falsos autónomos”. La Administración encuentra que son trabajadores por cuenta ajena a profesionales que están ejerciendo su actividad de manera autónoma o por cuenta propia. Situación que les genera una gran inseguridad jurídica; se enfrentan a largos y costosos procedimientos, que pueden tener un impacto significativo en la decisión de ejercer la profesión de forma independiente. Así lo han denunciado en un encuentro organizado en el Colegio de Médicos de Madrid para analizar y proponer soluciones a la inseguridad laboral y mercantil.

Para abordar esta problemática el Ilustre Colegio Oficial de Médicos de Madrid (Icomem) y el Colegio Oficial de la Psicología de Madrid (COPM) han organizado esta sesión informativa en la que se ha proporcionado información sobre las actuaciones de la Administración en el sector sanitario, así como la recopilación de toda la jurisprudencia.

Juan Chozas Pedrero, Of Counsel en Auren Abogados, ha abierto la sesión explicando la razón por la que las inspecciones de trabajo han crecido en los últimos años en el sector sanitario. “Ha aumentado mucho el número de contratos en el sector, y eso a la Administración le parece anómalo, contratos de autónomos o de autónomos dependientes. Y eso le llama la atención a la Administración y por eso dirige ahí la inspección y después las actas y las sanciones”.

La Administración encuentra que son trabajadores por cuenta ajena a profesionales que están ejerciendo su actividad de manera autónoma o por cuenta propia

Por su parte, Javier Cerrolaza Aragón, director territorial y jefe de la Inspección de Trabajo de la Comunidad de Madrid, ha reconocido que es muy difícil establecer unos parámetros claros que clarifiquen cuándo estamos frente a una relación laboral o mercantil por la complejidad propia de las empresas. Y ha puesto el ejemplo de lo que ocurre en las plataformas colaborativas. “Los tribunales de justicia confirman que hay una relación jurídico-laboral y fundamentan su sentencia con aspectos concretos, pero ¿qué hacen algunas de estas empresas? Modifican a posteriori esos aspectos para hacer desaparecer la relación laboral”. A continuación, ha concluido que “la solución a esta situación pasa por crear una norma que encuadre a este colectivo en una relación laboral especial o con una nueva figura creada como trabajadore económicamente independientes”.

Fernando Valdés-Hevia Temprano, abogado asociado en Sagardoy Abogados, otro de los letrados que han intervenido en la sesión, se ha referido a una disparidad en criterios jurídicos para casos similares. “Nos encontramos con que los tribunales superiores de justicia dictaminan cada caso en concreto por detalles como por ejemplo si hay coordinación para las vacaciones entre los trabajadores o si usa la bata blanca en la clínica. Cuestiones puntuales o indicios que es lo que el tribunal al final valora”.

Inspección de Trabajo encuentra que son trabajadores por cuenta ajena a profesionales que están ejerciendo su actividad de manera autónoma o por cuenta propia en clínicas privadas

La vulnerabilidad jurídica en la que ejercen los profesionales del sector sanitario ha provocado incluso el cierre de numerosos centros y la reducción de sus plantillas. E incluso algunas de estas empresas han tenido que pagar cuantiosas sanciones de hasta un millón de euros debido a su liquidación o por infracciones, tanto a empresas como a personas físicas, lo que ha supuesto el embargo y la subasta de sus domicilios.

Luis Cortés, letrado del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM), se ha referido a las liquidaciones de actas de inspección de medio millón de euros. “Con la última modificación de la legislación ya no es necesario hacer una declaración previa de la existencia de la relación laboral. Ahora es es el inspector de trabajo con su propio criterio quien impone la liquidación de las cuotas y la sanción correspondientes. Para una empresa de diez personas, el actade inspección puede alcanzar el medio millón de euros. Y lo peor es que pueden darle la razón en los tribunales”.

María Cordón, vocal de médicos de ejercicio libre del Colegio de Médicos de Madrid, ha defendido que la legislación se debe actualizar debido a los avances tecnológicos. ”La ley la tenemos que cumplir todos, pero al final hay una serie de motivaciones e incentivos para la inspección que percibimos como un mero afán recaudatorio”. Una percepción en la que coincide Timanfaya Hernández, vicedecana del COPM, que ve una clara discrecionalidad en los procedimientos. 

Opinión

Multimedia

Economía

Accede a iSanidad

Síguenos en