Silvia Moya: “Los profesionales de la UCI Pediátrica de La Paz están abatidos, son muchos meses en situación de incapacidad temporal”

Silvia Moya, abogado de DS Legal, es la representante legal de algunos de los facultativos que están de baja laboral que han sido debidamente diagnosticados de un trastorno adaptativo mixto con ansiedad y depresión relativo al conflicto laboral sufrido

Juan Pablo Ramírez
El cierre de la UCI Pediátrica de La Paz es un drama para el sistema sanitario, no solo por el problema que supone para el hospital. Muchos hospitales madrileños tienen este servicio como referencia. La situación de los profesionales ha derivado en unas bajas provocadas por un jefe de Servicio con una difícil relación con su equipo. Las diferentes denuncias y sentencias han sido recurridas, y la nueva reincorporación del Dr. Pedro de la Oliva ha provocado el cierre temporal del servicio. Silvia Moya, de DS Legal, es la representante legal de algunos de los facultativos. Ha atendido a iSanidad para explicar la situación actual.

Silvia Moya ostenta la representación Letrada de algunos de los facultativos de la UCIP de La Paz. Concretamente de los 6 que solicitaron la activación del protocolo por acoso laboral de la CAM en agosto de 2020 por el trato recibido durante años por parte de su jefe de Servicio. ¿Nos puede explicar el inicio del conflicto?
Así es, he de decir que fue una denuncia que les costó mucho iniciar pues, al final, cuando durante tantos años recibes un trato tan, digamos, “desconsiderado” por parte de tu superior, para evitar todo tipo conflicto acabas normalizándolo hasta el punto de llegar a enfermar, como les ha ocurrido a todos ellos y a otros tantos que no se atrevieron a hacerlo. Digo enfermar, porque todos y cada uno de los facultativos que causaron baja laboral, desde el año 2020, se encuentran en seguimiento por parte del PAIPSE (Programa de Atención Integral al Profesional Sanitario Enfermo) y han sido debidamente diagnosticados de un trastorno adaptativo mixto con ansiedad y depresión relativo al conflicto laboral sufrido.

Afortunadamente la Comunidad de Madrid pone a disposición de los facultativos mecanismos de protección como son los Protocolos de prevención y actuación frente a violencia en el trabajo y ante situaciones de conflictos internos y acoso, en los centros del Servicio Madrileño de Salud, que anima a los profesionales sanitarios a denunciar situaciones como la que nos encontramos y que motivó su cese definitivo como Jefe de Cuidados Intensivos Pediátricos, que se hizo efectiva el 18 de diciembre de 2020.

Silvia Moya: “Afortunadamente la Comunidad de Madrid pone a disposición de los facultativos mecanismos de protección como son los Protocolos de prevención y actuación frente a violencia en el trabajo”

¿Es cierto que, además, a la vista de estos hechos, fue sancionado disciplinariamente por parte de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Sermas?
Correcto. A la vista de la resolución recaída en el protocolo de conflicto, los facultativos denunciantes a través de mi representación elevaron el expediente a la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Sermas, que inició un expediente disciplinario contra D. Pedro de la Oliva Senovilla y tras una larga instrucción, finalizó el 1 de junio de 2021 con la imposición a Don Pedro de la Oliva de una sanción de ochos meses de suspensión de funciones por la comisión de una falta grave tipificada en el art. 72 punto 3 letra d) del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud y definida como “La grave desconsideración con los superiores, compañeros, subordinados o usuarios: por los razonamientos expuestos en la presente resolución”. Esta sanción no se ha llegado a cumplir a fecha de hoy, al encontrarse suspendida de forma cautelar en vía contencioso-administrativa.

Paralelamente por la representación de D. Pedro de la Oliva se impugnó la resolución dictada de suspensión de funciones por las causas disciplinarias citadas, vía derechos fundamentales cuya sentencia resultó desfavorable a sus intereses, se encuentra en fase de recurso; y vía ordinaria pendiente de señalamiento para el juicio que determinará la ratificación o no de la resolución sancionadora.

“Se impugnó la resolución dictada de suspensión de funciones de D. Pedro de la Oliva por causas disciplinarias, vía derechos fundamentales con sentencia resultó desfavorable a sus intereses, y ahora mismo se encuentra en fase de recurso”

¿Cuál es el panorama judicial actual que ha motivado la restitución de Pedro de la Oliva como jefe de Servicio de la UCIP?
Desde el primer cese, la representación de Pedro de la Oliva ha iniciado hasta 6 procedimientos judiciales, un periplo judicial consistente en la duplicidad de procedimientos vía ordinaria y vía derechos fundamentales que ha dado lugar a distintos pronunciamientos judiciales, algunos de ellos contradictorios entre sí. En primer lugar, decir que respetamos todos y cada uno de los pronunciamientos judiciales recaídos, así como nuestra máxima confianza en la justicia. En lo que afecta a mis representados, el procedimiento instado frente al cese inicial por supuesta vulneración de derechos fundamentales fue desestimado en primera instancia, estando pendiente de resolverse el recurso interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Igualmente, el cese inicial fue impugnado por el Dr. de la Oliva en vía jurisdiccional por procedimiento ordinario, al que fueron llamados como interesados mis patrocinados, si bien, habida cuenta su estado psicológico decidieron en ese momento no personarse confiando y poniéndose a disposición de los Letrados de la Comunidad que por motivos que desconocemos no les llamaron para ratificar sus declaraciones, ni a ellos, ni a aquellos que ratificaron el comportamiento acreditado del Sr. De la Oliva y que dio lugar a su cese definitivo, obteniendo una sentencia favorable a sus intereses que igualmente ha sido recurrida por la Consejería de Sanidad y en el que estamos personados como codemandados ante el Tribunal Superior de Justicia. Este recurso seguido ante el TSJM está señalado para votación y fallo el próximo 31 de enero.

“El recurso seguido ante el TSJM está señalado para votación y fallo el próximo 31 de enero”

El verdadero problema radica en la ejecución provisional instada por la representación de D. Pedro que dió lugar a la restitución provisional del mismo el pasado 25 de septiembre de 2023, lo que ocasionó la recaída de mis patrocinados en la enfermedad mental que esta situación les ha provocado, que les limita el ejercicio de su profesión como consecuencia de las secuelas padecidas derivadas del conflicto laboral descrito y que, insisto, están todas diagnosticadas e incluso supervisadas por los Servicios de Inspección Médica de la Comunidad que, tras cotejarlas con los informes de los psiquiatras que los tratan, ratificaron la indicación de las mismas. Destaco este extremo ya que incluso se ha llegado a cuestionar la veracidad de las mismas.

El pasado mes de diciembre, por parte de la Dirección Gerencia de La Paz, se acordó un nuevo cese del Dr. De la Oliva y que ha dado lugar a su última reincorporación el pasado 16 de enero, ¿nos puede explicar a qué se debió?
Ciertamente, esta parte desconoce el motivo concreto del nuevo cese toda vez que es ajeno a los hechos que motivaron el primero, si bien hemos tenido conocimiento que por la representación de D. Pedro de la Oliva se ha llevado en forma de incidente al procedimiento de ejecución provisional, que motivó su readmisión el pasado mes de septiembre, cuyo Juzgado ha acordado suspender este último cese hasta la resolución de dicho incidente dando lugar a su reincorporación el pasado 15 de enero con todo lo que ha acontecido.

Esta situación se prolonga desde 2020 cuando comenzó el protocolo de conflicto, ¿cómo ha afectado a los profesionales que se han visto obligados a causar baja por la enfermedad que les ha ocasionado este conflicto?
Están abatidos, son muchos meses en situación de incapacidad temporal y sin poder desempeñar una profesión por la que sienten absoluta vocación para la cual se han preparado con excelencia durante muchos años, su trabajo es su vida y se les ha arrebatado de golpe hasta el punto de enfermar. Si bien valoran los esfuerzos de la Gerencia y de la propia Consejería en solucionar este grave problema, lo cierto es que no se ha sabido poner fin al mismo a tiempo, se sienten desamparados e incluso enjuiciados en su condición, no olvidemos, de víctimas. Conviven constantemente con rumiación y pensamientos intrusivos relacionados con el conflicto que deterioran aun más su estado de ánimo e impacta negativamente en su vida personal. Les ha minado tanto esta situación sufrida a lo largo de los años hasta el punto de cuestionar su propia valía personal y profesional.

No olvidemos que mis representados, son profesionales que entre todos suman más de 150 años de reconocida experiencia al frente de un servicio tan crítico y especializado como la UCIP de la Paz, por lo que resulta inadmisible que este conflicto les haya ocasionado una visión tan negativa de sí mismos.

“Estos médicos son un ejemplo para muchos profesionales sanitarios que suman más de 150 años de reconocida experiencia”

En mi opinión, son un ejemplo para muchos profesionales sanitarios que, por experiencia profesional, me consta han sufrido y siguen sufriendo por hechos muy similares, viéndose obligados a renunciar a su puesto de trabajo precisamente por ese sentimiento de soledad que les impide denunciar.

¿Cuántos profesionales se encuentran afectados por esta situación?
La Dirección del hospital podrá ofrecer datos más concretos, según hemos tenido conocimiento, hay hasta un total de 10 profesionales en situación de baja por enfermedad derivada de este conflicto con el mismo Jefe de Servicio, a lo que se suman 6 renuncias por parte de otros tantos facultativos.

¿Cuáles van a ser los siguientes pasos en los tribunales?
Confiamos plenamente en la Justicia. En primer término, quedamos a la espera de que se resuelva a partir del próximo 31 de enero, el recurso de apelación interpuesto por los Letrados de la Comunidad de Madrid frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 24 de Madrid cuya ejecución provisional e incidente citado, ha motivado la vuelta del jefe de Servicio cesado. Confiamos en la revisión de los hechos probados y en la resolución favorable a mis representados del mismo, y lo mismo respecto al resto de los procedimientos judiciales mencionados.

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