..Elena Santa María.
La sección primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha hecho pública una sentencia que dicta que el médico puede compatibilizar el ejercicio de su profesión en la pública y en la privada.
La sentencia, que es del pasado 5 de diciembre, da la razón de esta manera a la apelación presentada por los Servicios Jurídicos del Colegio Oficial de Médicos de la Provincia de La Coruña en defensa de una colegiada. La sentencia concluye que la actividad privada de dicha médico, que cuenta con autorización de uso con el Sergas “resulta compatible con su actividad pública siempre que no incida en el objeto de la autorización de uso o concierto”.
La sentencia da la razón a la apelación presentada por los Servicios Jurídicos del Colegio Oficial de Médicos de la Provincia de La Coruña en defensa de una colegiada
Esta resolución coincide con el criterio de la Oficina de Conflictos de Interés del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, pero no con la interpretación que hacen algunas comunidades autónomas de la legislación. El criterio de la Oficina de Conflictos de Interés se comunicó en 2016 tras una consulta de la Alianza de la Sanidad Privada Española (ASPE), y es el que ha utilizado el Colegio Oficial de Médicos de La Coruña al tomar la iniciativa en esta causa.
ASPE ha mostrado su satisfacción por la resolución, que supone un paso en el reconocimiento de la posibilidad de los profesionales sanitarios a compatibilizar un puesto de trabajo público con otro en un centro sanitario privado, siempre que no se atienda a pacientes derivados de la sanidad pública.