La justicia europea sentencia que España debe convertir los contratos públicos de médicos temporales en fijos

El TJUE reitera que nuestro país incumple el Acuerdo Marco europeo sobre el trabajo de duración determinada. CSIF responde que se pone "en evidencia el abuso de la temporalidad" de las administraciones en las últimas décadas

Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Redacción
España excede el número de trabajadores públicos temporales y debe hacer más esfuerzos para reducir la tasa de interinos y que pasen a ser fijos, según sentenció este jueves el Tribunal Europeo de Justicia de la Unión Europea (TJUE). En el escrito, la corte considera insuficientes las medidas de las administraciones para acabar con las situaciones de abuso de temporalidad. De hecho, advierte que nuestro país estaría incumpliendo el Acuerdo Marco europeo que acota las condiciones del trabajo de duración determinada.

En lo que atañe a la situación de los profesionales sanitarios que integran el Sistema Nacional de Salud (SNS), esto pone en evidencia que los anunciados procesos de estabilización del personal en el sector público siguen lejos de los criterios pactados a nivel comunitario. El TJUE recoge, en una respuesta prejudicial emitida a solicitud del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que una de las posibles medidas para paliar este problema en el conjunto de trabajadores públicos pasaría por convertir los contratos temporales en fijos.

Hace dos años, el Gobierno pactó con los sindicatos mayoritarios en el funcionariado (CCOO, UGT y CSIF) acometer procesos de estabilización. Acuerdo que quedó reflejado en la Ley 20/2021 de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, que contemplaba la conversión en fijas de alrededor de 300.000 plazas antes de que termine este 2024.

CSIF: “El TJUE pone en evidencia el abuso de la temporalidad”

Desde la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas, valoran esta sentencia de la que señalan que “pone en evidencia el abuso de la temporalidad que han realizado las administraciones españolas a lo largo de los últimos decenios”.

La organización sindical recuerda que, como ya advertían con anterioridad, “los procesos selectivos realizados en el pasado no han sido garantía para la estabilización del empleo público”. “Por su lentitud y porque en muchos casos ni siquiera se han llegado a ejecutar”, critican.

CSIF: “Los procesos selectivos realizados en el pasado no han sido garantía para la estabilización del empleo público”

Por esto mismo, reclama que se endurezcan las medidas disuasorias para aquellas administraciones que no cumplan “y eliminar de una vez la tasa de reposición”. Además, en la sentencia el TJUE subraya que los tribunales nacionales tienen la competencia para “modificar la jurisprudencia si esta se basa en una interpretación de las disposiciones nacionales incompatible con los objetivos” de dicho Acuerdo Marco europeo, en el caso de las tres situaciones que ha analizado la justicia europea.

Por parte de la central sindical, enfatizan sus principales reclamaciones. Estas pasan por actuar de garantes de la seguridad jurídica y que concluyan “de manera satisfactoria” los procesos de estabilización iniciados a partir de 2021, “que no deben verse afectados por esta sentencia”.

Además, por que las administraciones que no estén dando los pasos necesarios “rindan cuentas” para cumplir con el tope del 8% de interinos para el 31 de diciembre de este año. “Estamos preocupados porque la temporalidad en las administraciones sigue estancada en el 30 por ciento, según la EPA”, lamentan.

Entre otras reclamaciones, pedirán que se endurezcan las medidas contra las administraciones que no cumplan y, a su vez, denunciarán a aquellas que abusen de la precariedad en el empleo. Y, por último, reclamarán “el fin” de la tasa de reposición.

No obstante, otros sindicatos como el de médicos, CESM, ya advertían que lo único que ha hecho el Gobierno es modificar la normativa para establecer cómo deberían ser los contratos que se realicen a empleados públicos. Sin llevar implícito, eso sí, que garantizase “ningún proceso de estabilización”.

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