Sespas defiende a la directora de Salud Pública de Baleares, investigada por el aislamiento de estudiantes

Salud-Pública

 

..Redacción.
La Sociedad Española de Salud Pública y Administración Sanitaria (Sespas) ha defendido a la directora general de Salud Pública y Participación de Baleares, Maria Antònia Font, que está siendo investigada por un Juzgado de Palma de Mallorca por un presunto delito de prevaricación y detención ilegal en relación al aislamiento de estudiantes en un hotel por precaución ante el Covid-19.

Sespas defiende a la directora de Salud Pública de Baleares, investigada por el aislamiento de estudiantes

“Estas decisiones se adoptaron al amparo de lo previsto en el art. 3 de la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública, que habilita a las autoridades sanitarias a adoptar las medidas oportunas para el control de personas con enfermedades, de las personas que estén o hayan estado en contacto con las mismas y del medio ambiente inmediato, así como las que se consideren necesarias en caso de riesgo de carácter transmisible. En este caso, existía contacto con personas infectadas por Covid-19 y resultó un 26% de positividad en los test realizados”, señalan a través de un comunicado.

En este sentido, argumentan que las actuaciones de la Autoridad sanitaria en el curso de la pandemia, cuando se toman decisiones como la del aislamiento obligatorio de personas, “van siempre dirigidas a preservar la salud de la población y están guiadas por el interés general: proteger la salud, la vida y la integridad física de las personas”.

Según aclaran, las actuaciones de la Autoridad sanitaria van siempre dirigidas a preservar la salud de la población

Estas medidas, por definición, se adoptan de manera urgente porque solo de esta manera pueden ser efectivas, haciendo una ponderación de todos los derechos e intereses en juego. No se adoptan por el capricho de la autoridad sanitaria, si no de acuerdo con los protocolos de actuación frente a estas situaciones”, justifican al respecto.

Como garantía de los derechos fundamentales afectados, recuerdan que estas decisiones están sometidas a la correspondiente autorización o ratificación judicial. “Precisamente, en este caso, se solicitó dicha ratificación en los plazos previstos. Además, se obtuvo la autorización de las medidas adoptadas para un buen número de individuos. El sistema funcionó y las actuaciones fueron resueltas dentro de los plazos previstos por la ley. Según la información disponible, también fueron rechazadas las solicitudes de inicio de procedimientos de habeas corpus solicitados. Por tanto, el juzgado competente ya consideró que no existía una detención ilegal”, abundan.

“La tramitación de querellas penales contra las autoridades sanitarias por sus decisiones dentro del marco de la ley supone una revisión impropia de esas actuaciones”

Aunque “sin cuestionar el derecho a la tutela judicial de las personas que consideren vulnerados sus derechos”, lamentan que “la tramitación de querellas penales contra las autoridades sanitarias por sus decisiones dentro del marco de la ley, de acuerdo con el procedimiento establecido por la misma y con todas las garantías, supone una revisión impropia de esas actuaciones en salud pública”.

“Marcan un contexto que puede ser altamente peligroso. Esto puede incentivar a no adoptar este tipo de decisiones urgentes y extraordinarias por miedo a un eventual proceso penal. Creemos que este tipo de decisiones, minan la credibilidad y la autoridad de las Administraciones sanitarias. Además, contribuyen a la confusión respecto a la gestión de la pandemia y dificultan actuaciones de carácter urgente dirigidas a la preservación de la salud pública”, advierten.

Sespas: “Este tipo de decisiones, minan la credibilidad y la autoridad de las Administraciones sanitarias, contribuyendo a la confusión”

En todo caso, Sespas considera que “es preciso un marco jurídico más clarificador que tipifique adecuadamente y de modo cierto las actuaciones concretas que en estos supuestos pueden ser adoptadas por las autoridades sanitarias cuando se limitan derechos fundamentales”. “El actual marco jurídico es muy impreciso y facilita problemas como el planteado en Baleares”, remachan.

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