La jubilación anticipada puede implicar una pérdida de hasta 660 euros al mes en la pensión de los médicos

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..G.M.
La pandemia de Covid-19 y sus efectos en el Sistema Nacional de Salud (SNS) han llevado a algunos médicos que ven cerca la edad de jubilación a plantearse adelantar el proceso. Las condiciones de trabajo, la carga laboral y el agotamiento son, según explica el Sindicato Médico Andaluz, razones que empujan a estos facultativos a acortar su vida profesional. Pero esta decisión tiene consecuencias económicas, ya que pueden ver reducida su pensión en hasta 660 euros mensuales.

Dependiendo de los años cotizados y el tiempo de jubilación anticipada, los médicos pueden ver reducida su pensión hasta un 21%

Un médico que decida jubilarse dos años antes de la edad que le corresponde y tenga cotizados menos de 38 años y seis meses, verá como a la pensión inicial reconocida se le restaría un coeficiente reductor del 21%. De esta forma, a la pensión que le correspondería inicialmente, cifrada en 3.143 euros brutos al mes, calculada teniendo en cuenta que los médicos cotizan el tope máximo, habría que restarle 660,03 euros que corresponden al 21% del coeficiente de reducción aplicable.

Por tanto cobraría 2.482,97 euros al mes, una cifra bastante por debajo de la pensión máxima que puede cobrar un médico jubilado en España, y que se sitúa en 2.819,18 euros. En este caso sufre un gran recorte por su jubilación anticipada”, apunta el nuevo informe que ha publicado el Centro de Estudios del Sindicato Médico de Granada elaborado por el Dr. Vicente Matas. “Como siempre después hacienda retiene aproximadamente un 20% y al banco llegan unos 1.986 euros netos más o menos”, señala el médico.

Un médico con 36 años y medio cotizados que opta por una jubilación anticipada de dos años cobraría una pensión de 2.482,97 euros al mes

El documento desglosa las condiciones por las que se pueden acoger a la jubilación anticipada los médicos. Para este año 2022, la Seguridad Social contempla una serie de coeficientes reductores de la pensión por cada mes que le falte al médico para cumplir la edad legal de jubilación, en función de los años cotizados.

Así, para todos los médicos que haya cotizado menos de 38 años y seis meses, las reducciones van desde el 3,26% para quienes decidan adelantar un mes su jubilación hasta el 21% si se adelanta 24 meses. Estos porcentajes se reducen ligeramente en el caso de los médicos que hayan cotizado entre 38 años y medio y 41 años y medio, y van del 3,11% al 19%. A medida que se suman años cotizados caen los coeficientes de reducción, hasta el 2,81% y 13% máximo para quienes tengan más de 44 años y medio cotizados.

Los coeficientes reductores en 2022 van del 3,26% por un mes de adelanto al 21% por dos años

A partir de 2024 estos coeficientes reductores mínimos irán aumentando hasta el año 2033. De tal forma que adelantar la jubilación un mes tendrá una penalización en la pensión del 5,70% (ahora es del 3,26%) para aquellos con menos de 38 años y medio cotizados y llegará al 4,90% (ahora es del 2,81%) para los que tengan más de 44 años y 6 meses cotizados.

La penalización del 0,5% en la jubilación anticipada
La cosa se complica porque la normativa introduce otra penalización a la jubilación anticipada de los médicos. Por cada trimestre que adelanten su jubilación se resta a la pensión máxima reconocida en España un 0,5%. Pero esta penalización solo se aplica si la cuantía de la pensión que resulte una vez restado los coeficientes reductores es superior a la pensión máxima que se puede cobrar en España.

Por cada trimestre que los médicos adelanten su jubilación se resta a la pensión máxima reconocida en España un 0,5%

El Dr. Matas los explica con un nuevo ejemplo: si un médico se jubila un año antes de lo que le corresponde y ha cotizado menos de 38 años y seis meses, se le resta a su pensión un coeficiente reductor del 5,5%. Así, la pensión que por su base reguladora de cotización le correspondería, 3.143 euros brutos al mes, se quedaría en 2.970,14 euros. Como esta cantidad está por encima del tope máximo de pensión que puede cobrarse en España, se le aplica la regla del 0,5% por cada trimestre: a la los 2.970,14 euros se le resta el 2%. Por lo que “finalmente cobraría 2.762,8 euros/mes brutos, que con una retención aproximada del 20% quedan en unos 2.210,24 euros/mes netos”, señala el Dr. Matas.

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